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Rechazan recurso de protección presentado por apoderados del Colegio San Agustín

Que buscaba frenar cambio de modalidad de financiamiento.

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección presentado por el Centro General de Padres y Apoderados del Colegio San Agustín, que buscaba frenar el cambio de modalidad de financiamiento del establecimiento, que pasará de particular subvencionado a particular pagado a partir del año escolar 2027.

En un fallo unánime, el tribunal de alzada descartó que existiera una actuación ilegal o arbitraria por parte de la Fundación Educacional Santo Tomás de Villanueva, sostenedora del colegio, y de la Seremi de Educación del Biobío.

La controversia surgió por la decisión de la fundación de dejar de recibir subvención estatal y continuar funcionando bajo un sistema de financiamiento particular pagado. Frente a ello, el tribunal revisó el cumplimiento de las exigencias legales para concretar la modificación, especialmente los plazos y las obligaciones de información hacia la comunidad educativa.

La normativa establece que los sostenedores deben comunicar por escrito la decisión a los padres y apoderados durante marzo del año anterior al cambio, además de informar si el establecimiento continuará funcionando y las medidas previstas para implementar la modificación.

En este caso, la Corte constató que la fundación presentó formalmente su solicitud ante la autoridad educacional el 24 de marzo de 2026, dentro del plazo legal, y acompañó los certificados que acreditaban el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.

Asimismo, verificó que el 23 de marzo se enviaron cartas certificadas a los apoderados. Con estos antecedentes, el tribunal concluyó que la sostenedora cumplió oportunamente con su deber de informar y que el cambio se ajustó a la normativa vigente.

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