Tribunal mantiene la prisión preventiva de Ángela Vivanco
Por “Trama Bielorrusa”: La decisión fue tomada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, por lo que la exministra de la Corte Suprema permanecerá recluida en el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín.
El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, resolvió este jueves que la exministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, se mantenga con la medida cautelar de prisión preventiva en el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín, recinto donde ha estado recluida desde enero de este año por los delitos de cohecho y lavado de activos.
Cabe señalar, que la defensa de la exjueza había solicitado esta audiencia con el objetivo de reemplazar la máxima medida cautelar por una menos gravosa.
Lo anterior, bajo los argumentos de que Vivanco presenta problemas de salud y que no existe un riesgo de reiterar los delitos que le han sido imputados por el Ministerio Público.
Sin embargo, según el medio La Tercera, el juez Jaime Fuica afirmó que “los antecedentes obtenidos refuerzan la existencia de vínculos económicos, personales y funcionales entre los distintos imputados, permitiendo otorgar mayor coherencia y consistencia a la teoría investigativa que sustenta los delitos de cohecho y lavado de activos reiterados aludidos a la imputada, especialmente el concerniente de los pagos efectuado por terceros vinculados con ella”.
Bajo esa premisa, el tribunal decidió que los antecedentes de la defensa no fueron suficientes como para considerar una alteración de la medida cautelar interpuesta.
De hecho, Fuica sostuvo que la decisión tomada por el juez de garantía en primera instancia concluyó que “tales antecedentes apreciados en su conjunto, permitían configurar una presunción fundada acerca de la existencia de delitos (…) conclusión que a juicio de este tribunal no aparece debilitada y que no se puede desvirtuar”.
“Los nuevos antecedentes presentados durante esta audiencia pueden ciertamente construir materias susceptibles de controversia y debate probatorio en etapas posteriores del procedimiento. Sin embargo, no poseen la entidad necesaria para desvirtuar la presunción fundada de participación que actualmente pesa sobre la encartada”, añadió.
Bajo esa premisa, el juez recalcó que la imputación aún se sostiene “en antecedentes objetivos que vinculan a Vivanco con los hechos investigados, especialmente en lo relativo a la adopción de decisiones jurisdiccionales cuestionadas, la existencia de intereses personales concurrentes y los beneficios económicos que, según la tesis investigativa, habrían derivado de aquellas actuaciones”.
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