Según el organismo, el uso de la credencial debe ser ‘por razones de estudio’.
En medio de la controversia generada por el uso de la Tarjeta Nacional Estudiantil (TNE), luego de que la Contraloría General de la República confirmara que su utilización debe estar orientada a “fines académicos”, el organismo profundizó en el criterio legal.
Tras la declaración del ente dirigido por Dorothy Pérez, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, anunció que se impulsarán cambios normativos para permitir el uso de la TNE durante todos los días del año, las 24 horas, sin restricciones, y así evitar contradicciones entre normativas.
Esto debido a dos decretos distintos, uno del Ministerio de Transportes y otro de la Junaeb que se contradicen entre sí.
El ministro Cataldo explicó que, como Gobierno, “compartimos las preocupaciones a partir de este dictamen, no por el dictamen en sí, sino más bien por la contradicción que se visualiza respecto a los circulares e instructivos que ha utilizado desde el año 2015 en adelante a la fecha de la Junaeb y por otro lado, el Decreto 20 del Ministerio de Transporte que regula estos fines”.
Ayer la Contraloría acusó la circulación de información “errónea” y precisó que “el día 11 de julio pasado, requerida por un estudiante que reclamaba contra la respuesta de la Subsecretaría de Transportes, la Contraloría General emitió su oficio N° E116999, de 2025, en el que señala que, aplicando la normativa vigente contenida en el Decreto Supremo N° 20 de 1982 del Ministerio de Transportes, la TNE sí puede usarse las 24 horas del día, de lunes a domingo, y todos los meses del año, incluyendo enero y febrero”.
Asimismo, el organismo agregó que “atendido que la Contraloría no cuenta con atribuciones para modificar la normativa legal o reglamentaria vigente, el citado oficio de la CGR también confirmó la respuesta que la Subsecretaría de Transportes ya había dado al alumno, en el sentido de que, conforme lo exige el mencionado Decreto N° 20, el uso de la TNE debe ser ‘por razones de estudio'”.
La CGR también aclaró que “dicha exigencia no es de la Contraloría, sino que está contenida en el decreto supremo mencionado. Asimismo, ya constaba en dictámenes del año 2017 y anteriores, de modo que sólo se ha reiterado lo que dispone la propia norma y la jurisprudencia anterior, sin efectuar interpretación ni cambio alguno”.
Finalmente, y en relación al anuncio realizado por el Ministerio de Educación, la Contraloría concluyó que “esta Entidad de Control informa que está atenta al ingreso de tales modificaciones al Decreto Supremo N° 20, de 1982, para efectuar su revisión y tramitación de manera expedita”.
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