“En este caso al menos hay negligencia”.
El ministro de Justicia, Jaime Gajardo, se refirió este domingo al caso del presunto sicario del “Rey de Meiggs” que -tras un error del que aún no se esclarece responsable- fue liberado el pasado 10 de julio, asegurando que lo ocurrido es “al menos negligencia”.
“Nosotros creemos que al menos aquí hay negligencia. Al menos hay negligencia. Ese es, uno podría decir, un escenario posible”, dijo el secretario de Estado en conversación con 24 Horas.
Consultado por negligencia de quién, la autoridad sostuvo que “hay distintos tipos de posibilidades”, pero “lo importante acá es que sean las investigaciones administrativas y las investigaciones penales las que determinen dónde está la negligencia”.
“Y yo creo que en estos casos es muy difícil hablar de error, por la gravedad de la situación, por el tipo de delito, por el tipo de persona que estaba siendo imputada. Porque es una persona que debería estar en prisión preventiva, y que no está en prisión preventiva, y una persona, además, vinculada a una banda de crimen organizado de las más peligrosas que están operando en nuestro país y que, por lo mismo, uno entiende toda la indignación social y la indignación de todos los actores respecto a esto”, complementó.
Es decir, añadió, “una persona que fue capturada después de un procedimiento policial exitoso, que fue puesta a disposición de los tribunales y que debió estar en prisión preventiva y no está. Entonces, aquí al menos hay una negligencia. Yo creo que lo más prudente en esto es esperar que los resultados de las investigaciones tengan resultados”.
Por otro lado, el ministro reveló que la rectificación de la orden -por el error en el nombre- no debió notificarse a Gendarmería y explicó por qué. “Lo que corresponde cuando uno tiene un error en una resolución es rectificarla. Se rectifica mediante otra resolución que rectifica la resolución anterior”, aclaró en primer lugar.
Luego, preciso que “uno podría, incluso, haber hecho lo que hizo el tribunal, pero no tiene para qué notificarse a Gendarmería, porque eso genera confusión”.
“Poniendo otra hipótesis, uno podría haber dejado sin efecto la resolución y haber dictado otra correcta. Pero la que deja sin efecto y ordena la libertad, eso es lo complejo, deja sin efecto, si ustedes revisan además la resolución, lo que dice es por resolución tanto se deja sin efecto la medida cautelar y abajo dice ordena libertad. Incluso esa, si uno quisiera, por protocolo interno, fuera más fácil o el sistema informático fuera muy complejo hacer una rectificación de una resolución, incluso esa, no era necesario notificarsela a Gendarmería de Chile. ¿Me explico? Porque eso es algo interno del tribunal y Gendarmería de Chile no necesita tener esa notificación. Y eso genera una tremenda confusión”, puntualizó.
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